SENTENCIA QUE ANULA CONDENA A PERIODISTA QUERELLADO POR MANDAMAS DE CONMEBOL
La sentencia del Tribunal que anuló por completo la condena al periodista Marcos Ricardo Velázquez, querellado por difamación por el presidente de la CONMEBOL, Alejandro Domínguez, representa un fallo histórico contra las estructuras de poder que manejan a la justicia, la prensa, la política, afirmó el abogado Juan Martín Barba, defensa del comunicador.
El hombre de prensa fue querellado, en dos ocasiones, por el presidente de la Confederación Sudamericana de Fútbol (CONMEBOL), Alejandro Domínguez, por los presuntos delitos de difamación, calumnia e injuria a través de supuestos mensajes en redes sociales.
En un juicio oral por demás llamativo, donde no fueron aceptados ni el 50% de los elementos de prueba del denunciado, sin embargo, todo lo solicitado por Domínguez le fue otorgado, los testigos del mandamás de la Confederación eran sus propios empleados en la CONMEBOL y no hubo ningún peritaje técnico del objeto de la denuncia, Velázquez fue condenado por el juez Carlos Manuel Hermosilla a un año y seis meses de cárcel con suspensión de la ejecución, más una multa de 30 millones de guaraníes.
Sin embargo, el Tribunal de Apelación en lo Penal, Primera Sala, compuesto por los jueces Gustavo Adolfo Ocampos González, Andrea Cristina Vera Aldana y Digno Arnaldo Fleitas Ortiz, resolvió, por unanimidad, «Anular la Sentencia Definitiva No. 46 de fecha 25 de octubre de 2022, dictada por el Tribunal Unipersonal de Sentencia integrado con el juez Manuel Hermosilla González”.
“Este es un fallo histórico de la justicia paraguaya contra las estructuras de poder que, por lo general, manejan a su antojo a jueces, fiscales y ministros de la Corte, a fin de imponer su voluntad o sus intereses, aun por encima de las leyes que rigen a la Nación”, sostuvo el abogado Juan Martín Barba que ejerce la defensa del trabajador de prensa.
Agregó que el Tribunal de Apelación en lo Penal, Primera Sala, supo interpretar muy bien las falencias que se dieron, procesalmente hablando, durante el juicio oral, a cargo del juez Hermosilla y, en consecuencia, resolvió anular todo lo actuado por el citado magistrado.
Barba manifestó que las argumentaciones del juez preopinante, y al que se plegaron sus colegas, ponen de resaltó la manera en que se dictó una condena sin tener todos los elementos que demuestren fehacientemente la comisión de los delitos denunciados, lo cual es sumamente grave por tratarse de un caso que a todas luces apunta a cercenar o violentar derechos Constitucionales como la libertad de expresión y de prensa.
LO QUE DICE EL FALLO
No obstante lo expresado se procede a la lectura in extenso del fallo, del que se observa en el mismo, se transcribe las declaraciones en primer término del querellante ALEJANDRO GUILLERMO DOMINGUEZ WILSON SMITH, donde hace mención del supuesto daño que le ha causado las publicaciones en twitts en la cuenta que supuestamente se atribuye al encausado y en el que se hace alusión a su persona como de irregularidades en el manejo o administración cometidas en oportunidad de detentar cargos en la Presidencia de la Asociación Paraguaya de Futbol y en el actual como Presidente de la CONMEBOL, sostiene la sentencia del Tribunal de Apelación.
Añade que, se sigue con la versión del Señor ROBERT ALEXIS LUIS HARRISON PALEARI, quien sostuvo no estar al tanto de los Twits que harían o serían causa de la presente querella, agregando que no encontró irregularidades en el manejo administrativo al suceder al querellante al frente de la APF, reconociendo que, es difícil detectar si ha habido, debido a que no se practicó ninguna auditoría.
Por su parte, en la transcripción de la versión de JOSE LUIS CHILAVERT GONZÁLEZ, también se menciona que no tenía conocimiento de los Twits aludidos, diciendo que no sabía el por qué le estaban acusando al encausado, señala igualmente la sentencia.
Se refiere luego a cuestionamientos de los dichos o manifestaciones del querellante y su funcionaria dependiente Monserrat Jiménez, en el que incurrirían en contradicciones sobre los montos percibidos en miles de dólares en concepto de remuneraciones, agregando que existiría un informe de SEPRELAD sobre operaciones sospechosas, refiriendo luego a varias otras cuestiones que merecerían una investigación.
En las expresiones consignadas en la sentencia, la Señora ANDREA MARÍA INES BENÍTEZ DELFINO, se expresa que tenía conocimiento de los Twits, porque llevan un monitoreo de los medios. Sin embargo, posteriormente refiere que cuando recibió la citación para éste juicio se puso a investigar y notó la existencia de los Twits, demostrando cierta incoherencia en sus afirmaciones al sostener primero que llevaban el monitoreo por lo que estaban al tanto de los Twits, para luego sostener que se interiorizó y detecto los mismos al recibir la citación para declarar la también funcionaria de la CONMEBOL.
“Todo esto no hace más que confirmar que la condena a mi cliente, el periodista Marcos Velázquez, fue resuelta con elementos sumamente subjetivos y no en base a la demostración seria y responsable de los hechos denunciados. La sentencia del Tribunal de Apelación viene a rectificar esta grave irregularidad y a demostrar de que aun los poderosos pueden tener un gran revés cuando hay justicia”, recalcó Juan Martín Barba, quien junto al abogado Rodrigo Cuevas ejercen la defensa del periodista Marcos Velázquez.