PREFIRIO ACUERDO CON INTERMEDIARIA DE FULL PLAY PARA EL PAGO DE SOBORNOS
El presidente de la Confederación Sudamericana de Fútbol (CONMEBOL), Alejandro Domínguez Wilson-Smith se rehusó a responder las consultas acerca del contrato con CIFFART, que firmó cuando estaba al frente de la Asociación Paraguaya de Fútbol (APF) perjudicando a la institución en más de 7.000.000 de dólares. Fue durante el juicio oral y público en la querella que el dirigente entabló al periodista Marcos Ricardo Velázquez. Sospechosamente, Domínguez rechazó una oferta de US$ 17 millones para aceptar otra de solo US$ 9.380.000 de CIFFART SPORT, acusada de ser la intermediaria de la firma FULL PLAY para el pago de sobornos.
En la continuidad del referido juicio oral y público del pasado jueves, declararon ante el juez Víctor Hugo Alfieri, el presidente de la CONMEBOL, Alejandro Domínguez y sus empleados Monserrat Jiménez (directora jurídica), José Manuel Astigarraga (secretario general) y Graciela Garay (directora de Ética y Cumplimiento).
En su declaración, Domínguez hace un resumen de lo que ha sido su trayectoria como dirigente de fútbol desde sus inicios como vicepresidente del Olimpia, luego como vicepresidente y presidente de la APF para llegar finalmente a la presidencia de la CONMEBOL.
Ya en la etapa de preguntas y respuestas y, haciendo alusión a lo que el mismo Domínguez declaró en cuanto a su gestión como dirigente, el abogado defensor de Velázquez, Rodrigo Cuevas, le pregunta si es cierto que siendo presidente de la APF firmó un contrato con la firma CIFFART (empresa de Antonio J. Vierci) por los derechos de la Albirroja para las Eliminatorias del Mundial Rusia 2018, refiriéndose al contrato firmado el 5 de mayo de 2015.
Domínguez respondió que sí y agregó que fue una adenda de un contrato firmado ya durante la administración anterior (de Juan Ángel Napout) cuando él era el vicepresidente.
Preguntado sobre el monto del contrato dijo que no recordaba bien pero que estaba en poco más de 1 millón de dólares por encima del monto que se había acordado en el contrato inicial (que era de 8 millones de dólares), es decir, que se mejoraba los ingresos para la APF. El monto final del contrato por las Eliminatorias 2018 fue de 9.380.000 dólares.
Nuevamente el abogado Cuevas le consulta si no había otra oferta al momento de firmar el contrato con CIFFART cuando el abogado de Domínguez, Claudio Lovera, interrumpe y pide objeción al juez Alfieri diciendo que su defendido ya dijo que se trataba de la adenda de un contrato ya asumido con anterioridad y que con eso ya estaba respondida la pregunta.
El juez consulta a Domínguez si quiere responder la pregunta y el presidente de la CONMEBOL se allana al pedido de su abogado y deja de responder sobre el punto.
EL QUE NADA DEBE…
Recordemos que el propio Alejandro Domínguez, en oportunidad de la campaña de reelección de Juan Ángel Napout para el periodo 2014-2018, brindó un airado discurso defendiendo férrea y tenazmente la gestión de su presidente diciendo “yo en particular no tengo ningún temor porque como nada debo, nada temo, soy un testigo que en la Asociación Paraguaya de Fútbol, no es que no se toca, sobra la plata…”.
https://www.youtube.com/watch?v=g3Qt7obcjFw
Napout hoy está preso en EE.UU. condenado a nueve años de cárcel por hechos de corrupción.
Y, a pesar de que “nada debe y nada teme”, Domínguez no quiso responder a la pregunta de si hubo o no otra oferta más que la de CIFFART porque efectivamente en ese entonces hubo otra propuesta formal por las Eliminatorias del 2018, de nada menos que 17 millones de dólares de la empresa TENFIELD (del uruguayo Francisco Paco Casal), es decir, 7.600.000 dólares más para la APF que lo acordado con CIFFART.
Es más, la mayor oferta fue presentada incluso 11 días antes a la firma con CIFART, es decir el 24 de abril de 2015, según el sello de mesa de entrada de la APF.
Sin embargo, 7.600.000 dólares más para la institución no fueron motivo suficiente para que Domínguez inclinara la balanza hacia TENFIELD o al menos exigiera a CIFFART igualar la oferta.
Domínguez trata de excusarse en este caso señalando que el contrato que firmó con CIFFART era la “adenda” de un contrato ya anterior, queriendo inducir a que contractualmente no tenía otro camino más que aceptar lo que la empresa de Vierci le proponía y resalta como “gran logro” los 1.380.000 dólares más que había conseguido entonces, cuando que en realidad perjudicó a la APF en más de 7.000.000 de dólares (alrededor de 38.000 millones de guaraníes al tipo de cambio de la época 1 US$ = 5.100 G.).
CONTRATO REFUTA A DOMINGUEZ
Pese al argumento de Domínguez, los documentos dicen totalmente otra cosa.
El contrato original, firmado el 4 de octubre de 2011 entre Juan Ángel Napout (presidente) y José Silva (Tesorero) por la APF y Pablo Troche por CIFFART, por la cesión de derechos de la Albirroja para las Eliminatorias 2014 y las Eliminatorias 2018, dejaba abierta la posibilidad de modificar los montos, especialmente para las Eliminatorias 2018, justamente si se presentaban ofertas de terceros.
En efecto, dicho contrato en su Cláusula “CUARTA. VIGENCIA” dice: La cesión de los derechos del presente contrato atañe al conjunto de los encuentros del “evento” y hasta tres meses de la finalización de las Copas del Mundo FIFA 2014; y en caso de quedar homologada por la asamblea de la APF la cesión de los derechos relacionados a la Copa del Mundo FIFA 2018 (las negritas son nuestras), hasta tres meses de la finalización de dicha competencia.
Asimismo, la Cláusula “QUINTA. PRECIO”, inciso b) dice: Por los derechos correspondientes a la eliminatoria de la Copa del Mundo 2018 (Rusia) en caso de quedar homologada la cesión por parte de la Asamblea de la APF, la suma de USD 8.000.000 (Dólares estadounidenses ocho millones), pagaderos en 35 cuotas mensuales e iguales de USD 220.000 (Dólares estadounidenses doscientos mil) (sic) cada una…
El mismo contrato en su Cláusula “DECIMO OCTAVA. PREFERENCIA” dice: (segundo párrafo) … En el caso que la próxima Asamblea Ordinaria de la APF decida no aprobar la cesión de derechos correspondientes a las Eliminatorias del Mundial FIFA 2018 conforme establecido en la cláusula Primera, se establece sustitutivamente en favor de CIFFART SPORT los derechos de prioridad y preferencia frente a cualquier tercero, en la adquisición y/o explotación de los mismos derechos y con la misma extensión del objeto del presente contrato, en relación a las Eliminatorias correspondientes al Mundial de Fútbol FIFA 2018, con ejercicio de la primera opción y última oferta y con la facultad de mejorar las eventuales ofertas de terceros.
Asimismo, la APF deberá notificar fehacientemente a CIFFART SPORT dentro de los primeros cinco días hábiles cuando disponga de una oferta escrita de un tercero para la licencia y/o adquisición y/o cualquier tipo de explotación y comercialización de los derechos en relación a las Eliminatorias correspondientes al Mundial de Fútbol FIFA 2022, o del 2018 en su caso. Dicha notificación deberá comunicar las características completas de la oferta entre las cuales no podrán faltar los datos precisos del ofertante, el monto total de la oferta, los plazos de financiación si es que existen, y toda otra característica relevante que haga o no a la esencia de la oferta de dicho tercero. Amén de ello, las Partes declaran expresamente que el tercero que haya realizado la oferta deberá ser una persona física o jurídica con suficiente solvencia y capacidad económica y financiera reconocida, para afrontar los eventuales costos de la misma.
Sobre la base del párrafo anterior, CIFFART SPORT tendrá el derecho y no la obligación, de ejercer dentro del plazo de 30 días hábiles de notificada, su voluntad de preferencia sobre dicho tercero y, en consecuencia, de igualar las condiciones de comercialización ofrecidas por el mismo. En caso que COFFART SPORT no iguale la oferta, y que en incumplimiento a la presente cláusula la APF finalice comercializando los derechos a un monto menor a la oferta notificada a CIFFART SPORT, las Partes declaran que dicha irregularidad será considerada falta grave por parte de la APF por los que CIFFART SPORT podrá reclamar todos los daños y perjuicios ocasionados y aplicar una multa igual al treinta (30) por ciento del monto abonado en virtud del presente Contrato.
Por último, las Partes dejan debidamente aclarado que el derecho de preferencia y el derecho a primera negociación comprenderá cualquier forma de comercialización y/o explotación de los derechos que aquí se ceden en relación a las Eliminatorias del Mundial de Fútbol FIFA 2022, o de 2018 en su caso, sin importar que la CONMEBOL, la FIFA o quien sea, modifique y/o varíe el formato de las mismas, dice textualmente la Cláusula DECIMO OCTAVA. PREFERENCIA, del contrato original entre la APF y CIFFART.
Es decir, siempre estuvo abierta la posibilidad de que la APF maneje ofertas de terceros, respetando la condición de PREFERENCIA de la empresa CIFFART SPORT. Sólo tenía que notificar a CIFFART la existencia de una propuesta formal y si esta no mejoraba o al menos igualaba la oferta, la Asociación tranquilamente podía rescindirle el contrato y firmar un nuevo acuerdo con la firma que presentare una mejor oferta.
Pero, el Economista de la Universidad de Kansas (EE.UU.) y Master en Administración de Empresas de la UCA, Alejandro Domínguez Wilson-Smith, al parecer, no “interpretó” así el contrato y firmó con CIFFART por US$ 9.380.000 dejando de lado la oferta de TENFIELD por US$ 17.000.000.
Es más, Domínguez ni siquiera hizo cumplir el contrato original que le exigía a la empresa CIFFART SPORT mejorar o al menos IGUALAR cualquier oferta de tercero, siempre y cuando las propuestas demuestren solidez, tal como era la oferta de TENFIELD que ofrecía una garantía bancaria de una Banco de Primera Línea de Nueva York (EE.UU.).
LA CONEXIÓN CON FULL PLAY
Sospechosamente, Domínguez rechaza la oferta de TENFIELD y acepta firmar contrato (adenda) con CIFFART, acusada de ser intermediaria de la firma FULL PLAY (de los argentinos Hugo y Mariano Jinkis) para el pago de sobornos.
Inclusive, durante el juicio por el FIFAGATE a Juan Ángel Napout, llevada a cabo en el 2017 en la Corte del Distrito Este de Nueva York (EE.UU.) el testigo de los fiscales norteamericanos, Santiago Peña, un argentino ex administrador de FULL PLAY, declaró ante la jueza Pamela Chen que hubo dos pagos de sobornos a la APF. Uno de 1 millón de dólares por las Eliminatorias del 2014 y otra de 1.500.000 dólares por las Eliminatorias 2018.
En el mismo juicio, el ex CEO de T&T, Alejandro Burzaco (socio de los Jinkis en el conglomerado DATISA), declara igualmente que el mismo Juan Ángel Napout, en enero de 2015, le advierte que Alejandro Domínguez iba a pedirle sobornos en su nueva condición de presidente de la APF en ese entonces. El caso está mejor detallado en una publicación anterior de ExpressNews. https://www.expressnews.com.py/2021/11/18/fifagate-dominguez-debe-aclarar-presunto-cobro-de-coima-de-us-1-500-000-de-full-play-en-la-apf/
Hasta hoy día no se conoce el destino de los 1.500.000 dólares que FULL PLAY, socia de CIFFART, había enviado a la APF por las Eliminatorias 2018 y la negativa de Alejandro Domínguez de hablar sobre el tema lo único que hace es traer más suspicacias sobre el tema.
EL JUICIO ORAL
Volviendo al juicio oral de la querella por difamación y calumnia iniciada por Domínguez al comunicador Marcos Velázquez, tanto el presidente de la CONMEBOL como todos sus empleados, admitieron ante el juez Víctor Hugo Alfieri, que no hubo peritaje técnico alguno, ni certificación de las redes sociales de los supuestos tuiter objeto de la demanda.
El abogado defensor, Rodrigo Cuevas, se ratificó en que la querella promovida por Domínguez no es más que un grosero intento por acallar las críticas y cuestionamientos hacia el alto dirigente de fútbol.
El juicio continúa la próxima semana.