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domingo, noviembre 10, 2024
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Confirmado, Messer lavó más de G. 100.000 millones en BNF

CONCLUYO SUMARIO CON MULTA DE G. 10.665 MILLONES AL BANCO ESTATAL

El BCP concluyó el sumario al BNF confirmando los hechos denunciados por la Superintendencia de Bancos sobre los millonarios fondos que el brasileño Darío Messer manejó en el banco del Estado. La multa al BNF es de G. 10.665 millones, equivalentes al 10% del total de operaciones cuantificables en infracción lo que señala que Messer lavó cuanto menos unos G. 100.000 millones desde la institución pública. El ex presidente y los miembros del Consejo Administrativo del BNF deben hacerse cargo del pago de la multa.

Parte de la resolución del BCP por el que se multa al BNF

Concluyó el Sumario Administrativo al Banco Nacional de Fomento (BNF) ordenado por el Banco Central del Paraguay (BCP) en averiguación de los hechos denunciados por la Superintendencia de Bancos con relación a los millonarios fondos que el cambista brasileño Darío Messer (preso y condenado en Brasil por el caso Lava Jato) manejaba desde la banca estatal violando las normativas en materia de Prevención del Lavado de Dinero (PLD) y Financiamiento del Terrorismo (FT).

Darío Meser, cumple condena de 18 años de prisión por el caso Lava Jato

Así como en el Sumario Administrativo, ExpressNews accedió en forma exclusiva a información referente a la Resolución Nª 34 Acta 28 del 3 de junio 2021 (guardada bajo 7 llaves), por el cual se da por concluido el sumario aplicando una millonaria multa a la institución.

«Aplicar la sanción de multa por el importe de G. 10.665.877.508 a la entidad BANCO NACIONAL DE FOMENTO, equivalente al 10% del total de las operaciones cuantificables en infracción, comprobadas en estos autos, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 24, núm. 2, inc. c), de la Ley No. 1015/97 modificado por el artículo 1o. de la Ley No. 6497/19″, señala textualmente la Resolución del BCP.

Ordena a su vez notificar la Resolución a los abogados Enrique Daniel Dami Mongelós y Guillermo María Acevedo González, representantes convencionales de la entidad sumariada.

FALTA ADMINISTRATIVA ¿?

En su Resolución, el BCP dispone además: «Hacer lugar a la excepción de la acción para iniciar el procedimiento sumarial, opuesta por el BANCO NACIONAL DE FOMENTO, en relación a las conductas desplegadas por la entidad ante transacciones concluidas antes del 4 de febrero de 2016, en base a los argumentos detallados en el exordio de esta Resolución; y, en consecuencia, declarar la prescripción de la acción con respecto a dichas conductas».

«Calificar la conducta de la entidad BANCO NACIONAL DE FOMENTO como «Falta Administrativa», en contravención a las disposiciones de la Ley No. 1015/97 «Que previene y reprime los actos ilícitos destinados a la legitimación de dinero o bienes» y de la Resolución No. 349/13″.

La calificación de «Falta Administrativa» minimizaría la responsabilidad de los funcionarios del Banco Nacional de Fomento que pretenderían descargar toda la responsabilidad y sobre todo la multa, sobre la persona jurídica (la institución) y no sobre las personas físicas que permitieron y encubrieron las maniobras dolosas del criminal brasileño desde el banco.

Resolución del Directorio del BCP que ordena un sumario al BNF

Con esta Resolución del BCP, la FISCALIA GENERAL DEL ESTADO, a cargo de la Dra. Sandra Quiñonez, ya tiene los elementos de prueba suficientes (de hecho ya los tenía con la denuncia de la Superintendencia de Bancos) para iniciar una investigación penal, individualizar y castigar a los responsables de haber permitido el lavado de más de G. 100.000 millones y del millonario perjuicio (multa de G. 10.665 millones) al patrimonio de la institución pública.

Carlos Pereira Olmedo, ex presidente del BNF
Martha Cristina Zacarías, Directorio BNF
Juan Manuel Gustale, ex Directorio BNF
Santiago De Filippis, Directorio BNF

Recordemos que los hechos denunciados por la Superintendencia de Bancos afectan, fundamentalmente, a la administración del ex titular del BNF, Carlos Pereira Olmedo (ex Secretario Técnico de Planificación y actual Ministro de Urbanismo, Vivienda y Hábitat) a los ex y actuales miembros del Directorio Juan Manuel Gustale Cardoni (quien renunció recientemente), Santiago Jesús De Filippis Céspedes, Martha Cristina Zacarías de Sarubbi y a Juan Manuel Benítez Fleitas, éste último responsable de la Prevención de Lavado dentro del banco.

Asimismo, se debe investigar a los responsables de la Auditoría Interna del BNF ya que a pesar de todos los hechos denunciados, nunca abrió siquiera un sumario administrativo para determinar los hechos y los responsables.

HECHOS DETECTADOS

De la revisión a las cuentas de Darío Messer, Chai S.A., Matrix Realty S.A., Desarrollos y Pasturas S.A. (todas del brasileño Messer), la Superintendencia de Bancos ha visualizado la falta de información y/o documentos significativos.

Entre estos la falta del nombre y actividad económica del cónyuge de Messer, la modificación de los estatutos sociales, patente comercial o registro del comerciante, y la declaración jurada del origen del dinero o bienes de la empresa CHAI S.A.

Lo mismo para la empresa MATRIX REALTY S.A. a lo que se suma la falta de inscripción en la SEPRELAD por su actividad inmobiliaria.

Y en la empresa DESARROLLOS Y PASTURAS S.A. no se encontraron también patente comercial o registro del comerciante, declaración jurada del origen del dinero o bienes, así como tampoco se evidencia la constancia de consultas a las listas internacionales y otras listas.

“En cuanto a la persona física, el Art. 20 inc. 1.5, 1.15, 1.16 de la Res. No. 349/13 exige contar con datos como el estado civil del cliente, si fuera casado, nombre y apellido del cónyuge y la descripción de la actividad económica principal (servicio, comercial, industrial, ocupación, profesión, oficio). Sobre el cliente Darío Messer, la entidad no ha realizado ningún descargo sobre dichas inconsistencias, asegura el informe de la Superintendencia de Bancos.

Aun con todas las documentaciones faltantes, Darío Messer consiguió mover unos 84 millones de dólares bajo la complacencia e inacción de las autoridades del BANCO NACIONAL DE FOMENTO.

Es por eso que, de nuevo llama la atención el hecho de que la multa no alcance ni siquiera los USD 2 millones, cuando que el mismo BCP sostiene que debe ser el 10% de las operaciones fraudulentas.

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