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domingo, octubre 27, 2024
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Fiscalía acusa de homicidio culposo a médica del Migone

EN EL CASO DE LA MUERTE DE "RENATITO"

La agente fiscal Luz Guerrero, formuló acusación contra la doctora Laura Andrea Sena Figueredo por la comisión del hecho punible de HOMICIDIO CULPOSO en el caso de la muerte del pequeño Renato Rojas Talavera, ocurrido en agosto de 2019 en el Sanatorio Médico Migone Battilana S.A. Al mismo tiempo, la representante del Ministerio Público pide al juzgado elevar la causa a juicio oral.

Renato Rojas Talavera (+) con apenas dos años, víctima de aparente negligencia médida

Según la fiscala Guerrero están dados los presupuestos y fundamentos serios para el enjuiciamiento público de la imputada Laura Andrea Sena Figueredo a quien acusa formalmente de HOMICIDIO CULPOSO, previsto en el Art. 107 del Código Procesal.

Recordemos que la acusada Sena Figueredo, fue la médica pediatra de guardia del Sanatorio Migone que atendió al pequeño Renato Federico Rojas Talavera en la mañana del 20 de agosto de 2019 quien falleció luego a las pocas horas a raíz de una presunta mala praxis de los doctores que lo atendieron en dicho nosocomio.

La acusación fiscal refiere que en la fecha mencionada, Renato ingresa al Sanatorio Migone con su madre Macarena Talavera Angulo y su niñera, con fiebre, estado irritable, taquicárdico y taquipnéico, quedando a cargo de la doctora Sena Figueredo.

Añade que a pesar de contar con la información -referida por la madre- sobre el estado de salud del menor el cual adolecía de una cardiopatía, la médica de guardia omitió realizar una serie de acciones necesarias para el caso específico del paciente, a pesar de que estuvo en la sala de observaciones por un periodo de mas de cuatro horas con fiebre elevada, irritabilidad y taquicardia.

La Dra. Sena Figueredo omitió realizar una anamnesis (analizar el historial clínico del paciente) completa y un examen físico exhaustivo del niño, no realizó una hipótesis diagnóstica escrita del ingreso del paciente a urgencia, manteniendo al mismo, durante un periodo de observación excesivamente prolongado de cuatro horas, sin toma de decisiones terapéuticas o preventivas esperadas en casos tan complejos como los pacientes cardiópatas, sostiene el escrito de la Fiscalía.

Sanatorio Migone, donde falleció el pequeño Renato

Al mismo tiempo, no indicó para el paciente monitoreo de ritmo cardiaco por más de cuatro horas para descartar arritmia cardiaca que puede estar presente en todo niño cardiópata a pesar de la taquicardia persistente en todo ese periodo de observación, no realizó controles hemodinámicos, asimismo, no verificó la tensión arterial, balance de ingresos y egresos, diuresis.

La acusada indicó «dieta liviana» en un paciente febril, taquicárdico y taquipnéico, quien luego de ser alimentado presentó vomitos, sin que pese a ello la misma suspenda la alimentación oral del niño, no prescribió una vía periférica para medicación de emergencia, siendo el paciente un conocido cardiópata del servicio, y siguió sin monitorear el ritmo cardiaco pese a la taquicardia persistente.

No solicitó gasometría arterial ni electrolitos para correcciones vitales, ni oxigeno suplementario, no realizó control adecuado del medio interno ni control del estado ácido base del paciente, en plena evolución, existiendo igualmente una demora de cuatro horas en la para iniciar la medicación antibiótica.

No prescribió hidratación parenteral y solamente indicó una vía venosa periférica posterior al segundo vomito luego de una prolongada observación de cuatro horas ya con el paciente en plena evolución hacia un colapso cardiocirculatorio, hipoxia y paro cardiaco.

Con todo esto se deja en evidencia la violación de las reglas de cuidado objetivo objetivo que su ámbito profesional le imponían y que en el transcurso de cuatro horas el paciente Renato Rojas Talavera evolucionó y desencadenó hacia un cuadro de un colapso de causa mixta-infeccioso, hipóxico y hemodinámico presentando finalmente un único paro cardio-respiratorio no responsivo a maniobras avanzadas de reanimación, declarándose su fallecimiento a las 13:05 horas, dice textualmente la acusación fiscal.

FUNDAMENTACION

El Dr. Ricardo Preda y el Dr. Enrique Gaete, abogado y Director Médico del Migone

En la etapa investigativa, el Ministerio Público obtuvo elementos de convicción idóneos para el enjuiciamiento público de la acusada como ser: el allanamiento al Sanatorio Migone en fecha 21 de agosto de 2019 a los efectos de la búsqueda e incautación de la ficha médica, historial clínico de Renato Federico Rojas Talavera, respaldo documental de los procedimientos realizados al citado niño, datos de los profesionales que lo atendieron así como cualquier otro objeto que aporte a la investigación.

Con la nota 285/2019 del Sanatorio Migone de fecha 22 de agosto de 2019 se constata que la victima fue atendida por la pediatra Laura Andrea Sena Figueredo.

También se realizó una auditoría médica la cual indicó: «En relación al estado hemodinámico durante su internación no se cuenta con datos completos (pulso, diuresis, llenado capilar) teniendo en cuanta comorbilidad del usuario y posterior desenlace». «En relación a la administración de medicamentos, el personal de salud debería de haber exigido la prescripción médica, escrita, legible y autorizada», dice la mencionada auditoría.

Dicho extremo fue fortalecido con el testimonio de la Dra. Estela Margarita Quiñonez quien manifestó que: «la conducta esperada para los médicos del box es que debieron acudir por lo menos a ver, evaluar al paciente, eso está dentro de sus posibilidades, por lo menos debieron cerciorarse, si está con insuficiencia respiratoria DISNEA, los médicos pudieron ir a verificar y acercarse porque para eso se formaron». «Cualquier médico está capacitado para reconocer una convulsión en cualquier persona de cualquier edad, porque es una patología única para todos», dijo la Dra. Quiñonez.

Otro elemento es que en fecha 26 de octubre de 2020, una Junta Médica eleva un informe en la cual determinan la existencia de omisiones por parte de la médica pediatra Dra. Laura Andrea Sena Figueredo en la atención a Renato.

Además de numerosos otros elementos de juicio, la agente fiscal ofrece 41 pruebas testimoniales y seis tomos de pruebas documentales como también pruebas periciales y otras evidencias,

PETITORIO

Finalmente, la representante del Ministerio Público solicitó a la Jueza Penal de Garantías, tener por presentada la acusación contra Laura Andrea Sena Figueredo por el hecho de HOMICIDIO CULPOSO, admitir en su totalidad la acusación y las pruebas ofrecidas y dictar la apertura del juicio oral y público.

Familiares del pequeño Renato, expresaron su aprobación hacia la acusación de la fiscala Luz Guerrero aunque manifestaron que ella es una de las numerosas personas responsables de la muerte del niño de dos años incluido el mismo Sanatorio Migone Battilana S.A. y sus autoridades que debe asumir su responsabilidad en la selección de su staff de profesionales ya que evidentemente la doctora Sena Figueredo no estaba preparada para el cargo.

Recordemos que el abogado del Migone, Ricardo Preda y el Director Médico, Dr. Enrique Gaete, en varias ocasiones intentaron ocultar las barbaridades que se cometieron contra el pequeño Renato y que hoy la agente fiscal Luz Guerrero señala en su acusación.

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